El Instituto Tecnológico Superior de la Región Sierra, en cumplimiento al lineamiento de Residencias Profesionales, el reglamento escolar, y en congruencia con  la reforma a la educación tecnológica en el país y concientes de los retos de vincular a los alumnos de las instituciones de educación superior al  sector productivo de la región.

 

CONVOCA

A los estudiantes de las carreras de Lic. Administración, Lic. Informática, Ing. Bioquímica, Ing. Industrial, e Ing. Electromecánica que deseen cumplir con la residencia profesional como una materia del plan de estudios y requisito indispensable para la obtención del título profesional y cuyos objetivos son:

             I.      Contribuir a la formación integral y capacitación profesional de los alumnos o pasantes, consolidando la formación académica del residente y futuro profesionista.

          II.      Extender los beneficios de la ciencia, la tecnología y la cultura universal a la sociedad en general;

       III.      Desarrollar en los residentes, un elevado sentido de responsabilidad y  experiencia en el campo laboral.

      IV.      Con la prestación de la residencia, coadyuvar al mejoramiento del sector productivo y de bienes y servicios mediante la elaboración e implementación de proyectos, que respondan a las necesidades del desarrollo económico, social de la nación;

         V.      Coadyuvar a la formación profesional del residente en los rubros de la investigación docencia y servicio.

BASES GENERALES

PRIMERO: Es indispensable que hayan cubierto el 75% de los créditos correspondientes al plan de estudios de la carrera que se trate,  y obtengan la autorización  de la Jefatura de Servicios Escolares por medio de una constancia.

SEGUNDO: Las residencias se podrán acreditar por la realización de proyectos internos o externos con carácter regional, nacional o internacional acordes o relacionados a la carrera del alumno, en cualquiera de los siguientes ámbitos: a) sectores social y productivo; b) desarrollo tecnológico empresarial; c) investigación y desarrollo; d) diseño y/o construcción de equipo; e) prestación de servicios profesionales.

TERCERO: El número exacto de participantes requerido en cada proyecto, así como su perfil idóneo, lo determinará oficialmente el Jefe de Carrera correspondiente, quien de requerirlo podrá pedir opinión a la academia correspondiente para sustentar su decisión. Se podrá autorizar la participación de más de un estudiante en la realización del proyecto de residencia, ya sea en etapas consecutivas o bien simultáneamente. También  se podrá permitir la colaboración multidisciplinaria de varios residentes en un mismo proyecto.

CUARTO: Los proyectos de residencias, que sean sometidos a consideración con los Jefes de Carrera y de la academia correspondiente, se deberán presentar acompañados de la siguiente información:

§        Nombre y objetivo del proyecto

§        Cronograma preliminar de actividades

§        Descripción detallada de las actividades

§        Lugar donde se realizará el proyecto

§        Información sobre la empresa o institución donde se desarrollará el trabajo

QUINTO: Antes de ser ejecutados, los proyectos de residencia requerirán de la autorización del Jefe de Carrera, quien de requerirlo solicitará la opinión de la academia, así como del cronograma de actividades del proyecto y la asignación de al menos un asesor interno.

SEXTO: El valor curricular para la residencia es de 20 créditos, y su duración queda determinada a que se realice durante un período de 4 a 6 meses debiendo acumularse un total de 640 horas. El tiempo establecido para la residencia incluirá el necesario para realizar las actividades relativas a la preparación, desarrollo y acreditación de la residencia. Las horas pueden ser el acumulado de períodos discontinuos si el proyecto de residencia lo justifica, el comité académico lo recomienda y el Director del instituto lo autoriza.

SEPTIMO: Todos los alumnos residentes serán responsables de realizar un trabajo profesional y de cumplir en tiempo y calidad con los objetivos de su proyecto, con objeto de evitar la afectación de las relaciones de vinculación y colaboración con las entidades externas a la institución.

VIGENCIA

La presente convocatoria entrará en vigor a partir de su publicación y corresponde al Periodo: Agosto 2008 / Enero 2009.

PROCEDIMIENTO

1.     Publicación de la convocatoria 02 de Junio del 2008.

2.     Verificación de porcentajes de créditos en el departamento de servicios escolares (mínimo 75%)

3.     Solicitud de carta de presentación al Jefe del Departamento de Prácticas Empresariales, para las empresas e instituciones del 09 al 30 de Junio del 2008.

4.     Entrega de anteproyectos ante la jefatura de Carrera correspondiente, 07 al 11 de Julio del 2008.

5.     Devolución de proyectos e inicio de residencias previa autorización de la Jefatura de Carrera correspondiente en su caso replanteamiento del anteproyecto. 17 de Julio del 2008

6.     Integración del expediente, asignación de asesor interno, reinscripción con carga mínima. 28 de Julio al 01 de Agosto del 2008

7.     Celebración de acuerdos tripartitas para fijar compromisos y criterios por el Departamento de Vinculación.

8.     Inicio de las Residencias Profesionales en la empresa e instituciones.  04 de Agosto del 2008.

9.     Recepción de documento final, previa autorización de los Asesores Internos y/o Jefe de Carrera. 12 al 16 de Enero del 2009.

10. Expedición de la constancia de  acreditación de las residencias. 23 de Enero del 2009

 

Los casos no previstos en la presente, serán resueltos en base al lineamiento de residencias  vigente por las áreas responsables.

Teapa, Tab., a 02 de Junio del 2008.